El significado del triunfo de “Rechazo”
Fernando Barros T. Abogado, consejero de Sofofa.
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Fernando Barros
Conforme al nuevo artículo 130 de la Constitución, en abril deberemos responder: ¿Quiere usted una nueva Constitución?
A pesar de la claridad de esta pregunta, que nos llama a decidir entre "apruebo" o "rechazo", los debates se han centrado en la cédula accesoria, que seguirá la suerte de la pregunta principal, y que se refiere a qué tipo de órgano redactaría un eventual nuevo texto.
Largas han sido las horas de discusión sobre la posible convención constituyente, sea mixta o íntegramente electa para cumplir su objetivo, sobre la paridad, el mecanismo que permitiría la inclusión obligatoria de pueblos originarios, la forma en que se escogerían los posibles convencionales, sus inhabilidades y un largo etcétera.
Si bien nada de ello será relevante si ante la primera pregunta triunfa la opción «Rechazo», más allá de algunas argumentaciones apocalípticas, un manto de silencio se ha impuesto sobre el efecto social, político y jurídico de un resultado ratificatorio de la actual Constitución.
Aunque la opción «Apruebo» concita la atención política y periodística, ante la violencia en todas sus formas, la pérdida creciente del respeto por las leyes y del orden público, y la convicción de que continuar este estado de confrontación significará costos altísimos para la población menos favorecida, el «Rechazo» ha ido tomando notoria fuerza. Ha sido determinante en esta tendencia que nadie pueda seriamente sostener que cuando por la fuerza se impide rendir una prueba de selección universitaria, no puede irse en familia a presenciar un evento deportivo, o se funa y amenaza a jueces por sus resoluciones, están dadas las condiciones mínimas para que en Chile podamos tener un plebiscito democrático.
Las sorpresas en plebiscitos ocurren. Entre ellos el No ante los acuerdos de paz de Colombia en 2016 entre el gobierno y las FARC; o el triunfo del Brexit en Gran Bretaña ese mismo año.
Ante esta inquietud, no puede orientarnos el «Acuerdo Por la Paz Social y la Nueva Constitución» que suscribieron algunos diputados y senadores, bajo amenaza, pues nada se dice sobre qué ocurriría si gana el «Rechazo». Por el contrario, gran parte del acuerdo se basa en regular superficialmente los efectos que tendría el eventual triunfo del «Apruebo».
Algunas de las interrogantes que surgen serían definir si acaso existe un plazo mínimo que debería transcurrir para realizar otro plebiscito que otra vez pueda pedir "la calle", o la legitimidad política de futuras reformas sustantivas a las bases institucionales de una Constitución, cuyo reemplazo fuere rechazado democráticamente.
Bajo este contexto, el triunfo del "Rechazo" significará un mensaje categórico del electorado respecto del modelo de desarrollo que inspira nuestro texto constitucional, y refutaría por siempre el estribillo coreado por algunos sobre su «legitimidad de origen», consolidándose nuestro modelo de crecimiento y estabilidad, que tan exitoso ha sido los últimos 35 años para Chile.
Pero más importante aún, ello sellaría y reafirmaría la obligatoriedad de nuestra norma fundamental, pasando de una Constitución que algunos han hecho parecer como nominal, a una normativa y de aplicación directa, lo que indudablemente contribuirá a la justicia y al desarrollo del país, al brindarnos la estabilidad y seguridad jurídica que necesitamos para el desarrollo, el que sólo se alcanza con trabajo constante, en un ambiente de libertad que fomente el emprendimiento y la capacidad creativa de los chilenos.